LAS CLAVES DE LA ACCIÓN AFIRMATIVA

 

La igualdad jurídica de todas y todos los ciudadanos ante la ley, es una de las grandes tareas que se ha propuesto la laicidad. Pero para esa pretendida igualdad, ha sido necesario transitar por singulares caminos como la denominada Acción Afirmativa que, al reconocer desventajas históricas para ciertos grupos, les otorga ciertas ventajes legales para que, con el tiempo, alcancen la igualdad de condiciones en la comunidad. Es uno de los grandes temas abordados por Giovanni Sartori en su libro La Sociedad Multiétnica (Taurus, México, 2001) y del cual extraemos algunas de sus ideas:

El tratamiento preferencial se concibe como una política correctora y de compensación capaz de crear, recrear iguales oportunidades, o sea iguales posiciones de partida para todos. Por tanto, el objetivo de la affirmative action (Acción Afirmativa) es borrar las diferencias que perjudican para después reestablecer la difference blindness (la ceguera de las diferencias) de la ley igual para todos. Así pues, el objetivo sigue siendo el ciudadano indiferenciado.

…el hombre es libre, política y jurídicamente libre, sólo cuando está sometido a la impersonalidad de las reglas generales, porque si no, vuelve a estar sometido a la voluntad arbitraria de otros hombres (o mujeres). Éste es el argumento que marca toda la historia de la libertad.

Hasta ahora se ha mantenido siempre que el principio de ciudadanía produce ciudadanos iguales, iguales en sus derechos y deberes de ciudadanos, y que, viceversa, sin ciudadanos iguales no puede haber ciudadanía., Lo que implica, entre otras cosas, que la ciudadanía postula la neutralidad o ceguera del Estado respecto a las identidades culturales o étnicas de su demos (pueblo).

El ciudadano, se dice, nace con la Revolución Francesa. Antes de 1789 estaba el súbdito, no el ciudadano; y el súbdito vive en sumisión: es objeto, no sujeto de poder. Al súbdito se le impone la religión…El paso del ciudadano al súbdito es un enorme paso adelante y…en el ámbito de sus derechos, se convierte en amo de sí mismo.

Desde la Revolución Francesa en adelante los derechos se dicotomizan entre derechos del hombre (y la mujer), universales, y derechos del ciudadano/a, que son precisamente exclusivos del ciudadano y la ciudadana. En concreto, sin embargo, si falta el ciudadano/a con sus derechos, también los derechos de la persona como tal se pueden anular. ..Los derechos del ciudadano y la ciudadana son tales porque son los mismos para todos.

 

Frente por la Cultura Laica